Tomando como referencia la propia definición legal podemos definir a los fondos de inversión como patrimonios separados sin personalidad jurídica, pertenecientes a una pluralidad de inversores, cuya gestión y representación corresponde a una sociedad gestora, que ejerce las facultades de dominio sin ser propietaria del fondo, con el concurso de un depositario, y cuyo objeto es la captación de fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos. ¿Qué quiere decir ésto? Veamos.
Decimos que los fondos de inversión son patrimonios separados carentes de personalidad jurídica. Carecer de personalidad jurídica implica no poder ser sujeto de derechos y obligaciones. Esto tiene mucha importancia. Los fondos de inversión invierten en una serie de activos. Ser propietario de esos activos implica tener un conjunto de facultades. Por ejemplo, el propietario de las acciones de una sociedad anónima tiene múltiples derechos, entre los que se encuentra el de votar en las juntas generales de accionistas, de manera que puede influir en la gestión de la empresa. Otro ejemplo puede ser el de los inmuebles. Así, el propietario de un inmueble es el que decide si lo arrienda, si desarrolla en el una actividad económica, si lo reforma, etc. En definitiva, ser propietario de un determinado activo implica tener unas posibilidades de decisión sobre él, de decidir su uso, de recibir sus frutos, de poder disponer de ese activo, y lleva aparejada la posibilidad de ejercer acciones judiciales para defender el conjunto de facultades que implica ser el propietario de un activo. Pero, para tener estos derechos, hay que tener personalidad, que como decimos no es otra cosa que la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones. Al carecer de personalidad los fondos no pueden tener derechos, como por ejemplo ser propietario de los diferentes activos en que invierten.
Si ese patrimonio no pertenece al fondo porque no tiene personalidad jurídica, ¿a quien pertenece? El patrimonio separado en el que se configuran los fondos de inversión pertenece a una pluralidad de inversores, los partícipes de ese fondo. Esa pluralidad puede llegar a estar constituida en algunos fondos de inversión por muchos miles de personas. De todos es sabido que invertir con muchas personas presenta muchas dificultades de organización. Sin embargo, invertir con otras muchas personas permite que los fondos de los que se disponga sean más cuantiosos. Eso presenta varias ventajas. La principal ventaja es que se pueden realizar múltiples inversiones, de modo que los riesgos disminuyan. Los fondos de inversión contribuyen a la diversificación del riesgo. Ello quiere decir que si realizamos muchas inversiones que no tiendan a comportarse bien o mal todas juntas a la vez, unas irán mejor de lo esperado y otras peor de lo esperado, pero unas se compensarán con las otras. Otra ventaja que tiene que muchas personas inviertan conjuntamente en fondos de inversión es que los costes de las transacciones disminuyen mucho. Pensemos en realizar 100 inversiones entre 100 partícipes. Si cada uno las realizase individualmente, habría que realizar 10.000 inversiones, con lo que lo que los costes de analizar qué inversión hacer, de la propia operación, de la administración y gestión posterior de esa inversión se dispararían. Sin embargo, con los fondos de inversión, en nuestro ejemplo, solamente tendríamos 100 inversiones.
¿Cómo se pueden organizar las decisiones que afectan a un patrimonio separado que pertenece conjuntamente a una pluralidad de personas? Esas decisiones las toma una sociedad gestora, que se encarga de la administración, gestión y representación de las inversiones. La sociedad gestora, además, es la que ejerce esas facultades propias de quien tiene el domino de los activos en los que invierte. Un aspecto importante es que, a través de las sociedades gestoras, las inversiones de los fondos de inversión son decididas por profesionales más formados e informados y con una experiencia que no suele tener el partícipe. Todo ello permite acceder a invertir en muchos tipos de inversiones que al ahorrador particular le pueden resultar demasiado complejas o hasta desconocidas. Además, la sociedad gestora de un fondo de inversión también se encarga de gestionar las suscripciones y reembolsos de los partícipes. Eso es importante, porque las suscripciones suponen el aumento del patrimonio que deben gestionar, del mismo modo que los reembolsos suponen su disminución. Como regla general, aunque no siempre, suelen efectuarse en dinero.
Además, existe un depositario que se encarga del depósito o custodia de los valores, efectivo y, en general, de los activos objeto de las inversiones de los fondos de inversión, así como de vigilar su gestión. Se trata de una entidad que se dedica a la custodia de los activos, realizar cobros y pagos, compraventas de valores, cobro de intereses y dividendos, satisfacer los reembolsos. Además de estas gestiones participa de la vigilancia del fondo, participando con la gestora en la redacción del reglamento de gestión del fondo y en el otorgamiento de los documentos de constitución, liquidación o modificación. Por lo tanto, en general, podemos decir que sus funciones son de ejecución, custodia y vigilancia.
Pero claro, para que todo esto sea posible se necesita una entidad comercializadora, donde se puedan adquirir las participaciones de los fondos de inversión. Lo más habitual es que sea un banco, aunque puede ser otro tipo de intermediario financiero, como una caja de ahorros, por ejemplo. Algunas veces comercializan fondos de diferentes gestoras. Muchas veces la entidad que los comercializa pertenece al mismo grupo que la gestora y que la depositaria.
El instrumento fundamental para conseguir la captación de fondos, bienes o derechos del público es la suscripción de participaciones del fondo. Ello significa que el partícipe, a cambio de una participación, desembolsa unos fondos, bienes o derechos al fondo de inversión con el fin de que se los gestione conjuntamente con los de los otros partícipes. Una participación es una parte alícuota en que se divide el patrimonio de un fondo. Las puede haber de diferentes clases que se diferencien en aspectos tales como la divisa, la política de gestión o las comisiones. ¿Cuanto valdrá esa participación que obtiene a cambio de lo que entrega? Tiene un valor denominado valor liquidativo, que será el que resulte de dividir el valor de la parte del patrimonio del fondo que corresponda a dicha clase por el número de participaciones de esa clase en circulación. Existen otras formas a través de las cuales un fondo de inversión puede obtener esos fondos, además de su obtención en la suscripción de las participaciones como, por ejemplo, a través de los beneficios que se van obteniendo de las inversiones y que no son reembolsados por los partícipes.
Los fondos de inversión invierten en bienes, derechos, valores u otros instrumentos, financieros o no. Ello quiere decir que pueden realizar todo tipo de inversiones, tanto en instrumentos financieros como en activos no financieros. Un ejemplo de fondos que invierten en activos no financieros son los fondos que realizan inversiones inmobiliarias. Como regla general, cada fondo realiza inversiones en uno o varios tipos de activos que son los que caracterizan al fondo. Por ejemplo, hay fondos que invierten en acciones, en renta fija, en oro, etc. Hay una variedad enorme de posibles inversiones. Una inversión muy destacable que suelen realizar los fondos de inversión es en instrumentos de cobertura, que sirven par cubrirse de los riesgos de las otras inversiones, compensando sus variaciones o las de las divisas en las que están invertidos.
Como decimos el rendimiento del inversor depende de los resultados colectivos, de la parte del patrimonio del fondo que le corresponda, y por lo tanto de la gestión que se haya hecho de él. Lo que no cabe es la posibilidad de que el partícipe pierda más de lo aportado, de tener que hacerse cargo de las pérdidas derivadas de una mala gestión más allá del dinero aportado. Puede perder hasta el último céntimo de lo que puso, pero nunca tendrá que poner dinero adicional para cubrir mayores pérdidas. Hay fondos, que se denominan fondos garantizados, en los que un tercero se compromete a la realización de un pago al fondo (fondos garantizados con garantía interna) o al partícipe (fondos garantizados con garantía externa) para cubrir, en caso de ser necesario la diferencia entre el valor liquidativo en un momento dado y el que se garantiza.
Todo tiene su coste, los fondos de inversión no son una excepción. Los fondos de inversión suelen cobrar cuatro tipos de comisiones. Se suele cobrar una comisión de suscripción sobre la inversión inicial, una comisión de reembolso sobre el valor de reembolso, una comisión de depósito para la entidad depositaria y una comisión de gestión. La comisión de gestión puede estar en función del patrimonio, de los rendimientos o de ambos.
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