¿Existen actividades necesariamente públicas o necesariamente privadas?


 A menudo se tiende a hacer una delimitación de lo que debe ser público o de lo que debe ser privado en la que algunas actividades son concebidas como necesariamente públicas y otras necesariamente privadas, existiendo una zona intermedia que puede, según la conveniencia, ser prestadas por el Estado en unos casos o por el sector privado en otros. Pero, en realidad, solamente existe este último tipo de actividades. Son criterios de conveniencia, entendida dentro del marco institucional que se da en ese lugar en ese momento de la Historia, los que marcan si una actividad acaba siendo pública o privada.  

¿Existen actividades naturalmente privadas?

Históricamente se ha demostrado en las últimas décadas la existencia de economías comunistas que han sustituido las actividades de mercado por actividades planificadas por el Estado. Más aún, el Estado, incluso en economías democráticas puede llegar a inmiscuirse en disciplinar, con mayores o menores restricciones a las posibilidades de elección del individuo, actividades que pertenecen a una esfera más íntima, como contraer matrimonio o tener hijos. Cuestión diferente es si es o no  conveniente en cada caso que el Estado intervenga en ese tipo de asuntos. Pero es históricamente constatable que las posibilidades de intervención pública no tienen límites.

¿Existen actividades naturalmente públicas?

Otra vez sucede lo mismo. Se puede considerar es bueno que el Estado se ocupe de una determinada actividad, pero históricamente no existen actividades que no se hayan desarrollado o desarrollen de forma privada. En el mundo actual, en las economías democráticas, observamos que, al lado de la policía, existen servicios de seguridad privada. Del mismo modo, observamos que, igual que existe una justicia pública, existen árbitros privados. En la acción exterior de los estados normalmente  se externalizan algunos servicios.

Pero también existen ejemplos históricos de ejércitos de mercenarios organizados por particulares, ejemplos de recaudadores privados de impuestos que lo han hecho por encargo de las autoridades o la impartición de justicia por un señor en nombre del rey, por poner algunos ejemplos. El ámbito de lo potencialmente privado no tiene límites, como no los tiene el ámbito de lo potencialmente público.

No es lo mismo financiación que gestión

Para complicar aún más la cuestión, las actividades que gestiona el Estado pueden ser financiadas por el presupuesto público, y a través de la exigencia de tributos, o pueden ser financiadas privadamente. Una autopista de peaje puede ser gestionada por el Estado (por una empresa pública), aunque se financie exclusivamente con el dinero obtenido de su actividad, sin aportaciones públicas.

Del mismo modo, actividades que son gestionadas de forma privada pueden ser financiadas por el Estado. Ejemplos de ello pueden ser las actividades privadas subvencionadas por el Estado o los colegios y hospitales  concertados.

Incluso existen actividades donde conviven ámbitos de gestión pública con otros de gestión privada y actividades donde concurren la financiación pública y la privada.

El contexto institucional de un momento histórico

Si bien no se puede decir que haya actividades que sean naturalmente públicas o privadas, sí es cierto que en cada contexto institucional que se da en un momento histórico existen actividades que forman parte de lo público o lo privado de forma natural. Por ejemplo, en el contexto de las democracias actuales es impensable que el Estado tome decisiones que pertenezcan al ámbito familiar, porque atentaría contra el libre desarrollo de la personalidad. Puede fomentar algunas conductas o prohibir otras que afecten a la vida familiar, pero no puede tomar las decisiones por los individuos porque iría en contra de los Derechos Humanos, que forman parte del núcleo institucional de este momento histórico en los países democráticos. Sin embargo, en dictaduras,  con otro contexto institucional, el Estado puede tomar decisiones sobre cómo configurar una familia.

El ejército no puede ser privado en una democracia actual, al menos no se ha encontrado la manera viable de que lo sea. Pero, en este  mismo momento de la Historia, estamos viviendo con toda su crudeza como ISIS, que a fin de cuentas no deja de ser un ejército privado, intenta a través de la guerra cambiar el orden de los estados de la zona y, de momento, lo está consiguiendo en parte.

El contexto institucional es, por ello, un importante condicionante de lo que se considera que son actividades naturalmente públicas o actividades naturalmente privadas en un momento de la Historia.

Pero la relación va en los dos sentidos. También la delimitación de aquéllo que es público o privado condiciona el contexto institucional que se establece en un determinado lugar durante un momento de la Historia. De hecho, algunos de los cambios más importantes de la Historia se han producido cuando actividades que formaban parte del ámbito de lo público pasaron a formar parte de lo privado o actividades que formaban parte de lo privado pasaron a formar parte de lo público.

Sí hay una actividad que pertenece, con algún matiz, invariablemente con los más diversos contextos institucionales al ámbito de lo público: el establecimiento de la ley. Es cierto que los particulares, como ejemplifica el artículo 1091 del Código Civil español, pueden a través de los contratos generar obligaciones con fuerza de ley. Pero para que exista algo como la ley debe existir un Estado.

Acerca de Gonzalo García Abad

Licenciado en Economía con amplio interés en la Fiscalidad, la Contabilidad, las Finanzas y el Derecho.
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5 respuestas a ¿Existen actividades necesariamente públicas o necesariamente privadas?

  1. Alfonso dijo:

    ¿Que hay de los bienes públicos puros que no son excluyentes ni rivales en el consumo? ¿No serían naturalmente públicos dados los altos costes y bajos beneficios que le remitirían a su propietario privado?

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    • Muchas gracias por su pregunta, Alfonso. Hay dos planos que son diferentes:

      1)Si son naturalmente públicos o no, en el sentido de que solamente los pueda proveer el Estado.
      2)Si es conveniente que los provea el Estado.

      En cuanto a lo segundo, creo que, en general, la provisión pública suele ser lo más razonable. Sin embargo, no debemos olvidar que el Estado también puede fallar en la provisión de los bienes, puede que no se alcance un nivel eficiente de provisión de los bienes.

      En cuanto a si son naturalmente públicos creo que es evidente que no lo son. Por ejemplo, una gran parte de la información tiene las características de bien público. Por ejemplo, el empleo del teorema de Pitágoras por mí no rivaliza con el empleo del teorema de Pitágoras por cualquier otra persona. Lo podemos emplear millones de personas a la vez sin merma de utilidad. Y tampoco se puede excluir al que no paga por el empleo de esa información. ¿Se imagina que alguien pretendiese cobrar cada vez que otro emplea el teorema de Pitágoras? En algunas clases de información existe alguna posibilidad de excluir al que no paga. Por poner un mero ejemplo, en la información audivisual se pueden establecer mecanismos antipirateo, pero existen serias dificultades técnicas para excluir al que no paga.

      Sin embargo, es una realidad que los agentes privados siguen proveyendo información que puede ser calificada como bien público puro. Un ejemplo, son las aportaciones privadas a revistas científicas sin mediar subvenciones públicas. ¿Por qué lo hacen? Lo pueden hacer por prestigio, por mejorar las perspectivas laborales de su sector, por altruismo, por la contribución a la generación de una marca, etc. Pero lo que es evidente es que no lo hacen por lo que puedan cobrar de los usuarios de esa información.

      Un cordial saludo,

      Gonzalo.

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  2. Alfonso Palomino dijo:

    Entiendo, gracias.

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  3. Pingback: La colaboración y los límites entre el Estado y el mercado | Argumentos económicos

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